COMUNICADO NÚM. 4 DE LA JUNTA ELECTORAL. PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS
1. Según prevé el calendario electoral, el plazo de presentación de candidaturas es del 13 de noviembre al 19 de noviembre de 2019.
2. El número de representantes que se ha de elegir en cada circunscripción electoral queda especificado en el comunicado núm. 3 de la Junta Electoral de fecha 12 de noviembre de 2019 (Pdf).
3. La presentación de candidaturas al Claustro deberá ajustarse a lo dispuesto en el artículo 44 del Reglamento electoral de la Universidad de Alicante. Las solicitudes de candidaturas individuales o agrupadas podrán presentarse con firma digital.
4. Candidaturas individuales. Las personas interesadas en presentar candidatura individual habrán de hacerlo a través del Registro General de la Universidad (Oficina Central), cumplimentando la instancia correspondiente (Doc 1).
5. Candidaturas agrupadas. Las personas interesadas en presentar candidatura como integrantes de una agrupación habrán de hacerlo a través del Registro General de la Universidad (Oficina Central), cumplimentando la instancia específica para este caso (Doc 2). Asimismo, en este caso la presentación de candidaturas habrá de cumplir con el requisito de la representación equilibrada entre mujeres y hombres prevista en el artículo 44.2 del Reglamento electoral, en virtud del cual “cuando las candidaturas se agrupen en listas, deberá procurarse una composición equilibrada entre hombres y mujeres, salvo que no sea posible por razones fundadas y objetivas debidamente motivadas, que serán valoradas por la Junta Electoral. Se considera una composición equilibrada cuando las personas de cada sexo no superan el 60% ni representan menos del 40%”.
6. Las candidaturas individuales y agrupadas (para cada uno de sus miembros) que se presenten deberán adjuntar, además de la instancia específica, copia del DNI en vigor, pasaporte o documento de residencia equivalente y, en el caso de candidaturas agrupadas, la autorización debidamente firmada de la persona que consiente en formar parte de la correspondiente candidatura agrupada. No se aceptará ninguna instancia de candidatura sin toda esta documentación.