Nada nos engaña tanto como nuestro propio juicio.
He aquí una cosa que cuanto más se necesita menos se estima: el consejo.
Quien de verdad sabe de qué habla, no encuentra razones para levantar la voz.
Leonardo da Vinci
En cumplimiento del artículo 26 del Reglamento de Régimen Interno del Defensor(a) Universitario(a) y del punto 5 del artículo 202 del Estatuto de la Universidad de Alicante, se redacta el presente informe, correspondiente a las actuaciones realizadas por el defensor entre el 1 de agosto de 2010 y el 31 de julio de 2011, siendo éste el informe decimoquinto realizado por la oficina desde su creación en mayo de 1995.
En la oficina se ha atendido a toda persona de la comunidad universitaria que ha acudido solicitando la intervención, ayuda o consejo del defensor. Los principios básicos que han regido las actuaciones han sido la independencia, la confidencialidad y el sentido común, intentando resolver los problemas planteados. La mayoría de las veces se ha conseguido dar una solución positiva, en otras no era factible y en algunas no ha sido posible poner de acuerdo a las partes afectadas.
Es fundamental para el éxito de la gestión del Defensor Universitario, no solo la colaboración de los órganos colegiados y unipersonales de la Universidad, sino la de los trabajadores de la misma, y a este respecto decir que la gran mayoría de las veces, la colaboración e información que se ha solicitado ha sido perfectamente atendida, por lo que desde la oficina les expresamos nuestro agradecimiento a todos ellos.
En ocasiones es posible que mi actuación como defensor haya resultado molesta a algunas personas, si así ha sido, le ruego que me disculpe y comprenda que lo único que pretendo es cumplir con mi deber en aras a la mejor convivencia y a la calidad universitaria.
Podemos comprobar que la mayoría de las solicitudes han sido remitidas por correo electrónico, el 53%, seguidas de las presentadas directamente en la Oficina del Defensor, un 41%, y en menor medida por teléfono (4%) o por correo registrado (2%).
2.1. Actuación de oficio
Cuando el defensor detecta, bien por observación directa, bien porque es un problema que afecta a muchos miembros de la universidad, un funcionamiento inadecuado o susceptible de mejora de algún órgano, infraestructuras etc, inicia las actuaciones pertinentes ante las instancias adecuadas para corregir o mejorar dicha deficiencia.
En el período que nos ocupa no se han producido actuaciones de oficio:
2.2. Consulta con gestión o mediación
En este tipo de consultas se requiere la intervención directa del defensor universitario, previa solicitud de alguna de las partes, generalmente realizando labores de mediación, para llegar a la resolución del caso.
2.3. Consultas informativas
Son consultas relativas al funcionamiento general de los servicios y diferentes áreas de la Universidad de Alicante que tienen respuesta inmediata por parte de esta oficina.
2.4. Consulta sin gestión o reclamación
En las consultas sin gestión, el reclamante considera que sus derechos han sido conculcados por la actuación de otra persona u órgano colegiado. Generalmente no es necesario que el Defensor realice ninguna actuación al respecto y se procede a informar al interesado de los pasos que puede dar para proceder a la resolución de su caso.
Como podemos comprobar se produce un equilibrio entre los casos que no requieren mediación (38%) y las consultas con gestión o mediaciones que representan el 39% del total.
- Alumnos procedentes de la selectividad de septiembre.
Debido al solapamiento de fechas del proceso de selectividad y el comienzo del curso académico universitario estos alumnos se matriculan tarde. Esta situación provoca que no puedan seguir el grado, especialmente en lo que se refiere a la evaluación continua, al haberse incorporado cuando este ya está iniciado, provocando un alto nivel de abandono.
- Alumnos que trabajan y no pueden cursar el grado.
En la mayoría de los casos estos alumnos se ven forzados a dejar los estudios porque son el único miembro de la familia que percibe ingresos e incluso se da la paradoja de que si no trabajan no se pueden pagar la matrícula y viceversa. Esta cuestión está reflejada en el Estatuto del Estudiante Universitario, por lo tanto deberían establecerse los mecanismos adecuados para favorecer la conciliación de la vida laboral con los estudios de grado.
- Grupos que no llevan el mismo ritmo en la asignatura y cambian algunos criterios al tener distintos profesores.
Los coordinadores deben controlar que todos los profesores siguen el mismo ritmo de explicaciones y exigen un nivel similar en las evaluaciones.
- En un examen de test exigen justificar las respuestas aunque no lo pone en la ficha de la asignatura ni en el papel de examen.
Es una exigencia no justificada. Si las respuestas son correctas no se puede suspender por la mera sospecha de que el alumno ha copiado estas ya que no las justifica.
- Quejas de alumnos que no pueden ir a revisar su examen el día fijado por el profesor.
Aunque el profesorado fije una fecha para la revisión no significa que no puedan hacerla otro día.
El alumnado debe saber que el profesorado tiene un horario de tutorías y pueden ver su examen en ellas.
Del total de consultas recibidas, la gran mayoría (265) corresponde a alumnos, seguidas por las presentadas por el colectivo de PDI (36). Destacar que solamente se han recibido 6 quejas procedentes del PAS.
DISTRIBUCIÓN POR CENTROS | |
E.P.S. |
70 |
E.U. ENFERMERÍA |
9 |
FACULTAD CIENCIAS |
8 |
FACULTAD DERECHO |
39 |
FACULTAD ECONÓMICAS |
45 |
FACULTAD EDUCACIÓN |
50 |
FACULTAD FILOSOFÍA Y LETRAS |
30 |
AULAS |
2 |
CEDIP |
5 |
Sin especificar |
49 |
Los casos se agrupan según la temática de la siguiente manera:
TEMÁTICA DE LOS CASOS | ||
EXÁMENES Y CALIFICACIONES |
Repetición examen incidencias |
4 |
Aprobado por compensación |
4 |
|
Baremos y calificaciones |
97 |
|
Copiado |
5 |
|
Extravio de examen |
1 |
|
Horarios/fechas exámenes |
16 |
|
Incomparecencia profesor |
3 |
|
Revisión y reclamación |
8 |
|
Otros |
17 |
|
TOTAL |
155 |
ORGANIZACIÓN DOCENTE |
Actas |
4 |
Cambio de plan-grados |
5 |
|
CED |
1 |
|
Convocatória 5ª-6ª-7ª |
2 |
|
Docencia: calidad |
10 |
|
Docencia: reparto |
0 |
|
Falta profesor |
0 |
|
Horários grupos |
15 |
|
Incompatibilidad |
0 |
|
Programa asignatura |
1 |
|
Homologación-convalidación |
7 |
|
Otros |
18 |
|
TOTAL |
63 |
ADMINISTRATIVOS |
Becas |
7 |
Listas de espera |
0 |
|
Matriculación |
20 |
|
Tasas |
1 |
|
Título |
3 |
|
Otros |
11 |
|
TOTAL |
42 |
INFRAESTRUCTURAS |
TOTAL |
8 |
VARIOS
|
Relaciones interpersonales |
10 |
Política lingüística |
2 |
|
Oposiciones-concursos |
3 |
|
Varios |
24 |
|
TOTAL |
39 |
|
TOTAL CASOS PERIODO 2010-2011 | 307 |
6.1. Comparativa de temática con el periodo anterior
Si analizamos el gráfico comprobaremos que el volumen de consultas totales aumentado ligeramente en el período 2010/2011. Las consultas relativas a temas administrativos y sobre exámenes y calificaciones han aumentado, mientras que los temas de organización docente son los que se han reducido más significativamente respecto a los periodos anteriores.
1. Hay que hacer las gestiones oportunas ante la Consellería para que la selectividad de septiembre se realice en julio y así evitar que los alumnos se incorporen tarde a los estudios de grado.
2. El sistema de evaluación curricular debe ser modificado: Las exigencias de haber cursado al menos el 50% de los créditos en la UA, estar en 5ª convocatoria y tener una nota de al menos un 3,5 en una convocatoria, merman la eficacia del sistema. Se podría modificar admitiendo que se curse al menos un 25% en nuestra universidad, eliminando la convocatoria sustituyéndola por estar matriculado de la asignatura al menos dos años y no exigiendo una nota. La comisión evalúa todo el expediente y considera si es adecuado o no compensar una materia.
El sistema actual da lugar a la picaresca: profesorado que cuando suspende no pone mas de un 3 en las notas y alumnos que, cuando obtienen un 3,5 dejan de estudiar y van corriendo convocatorias para pedir la compensación.
3. Se debe llamar la atención sobre los procedimientos de reclamación de exámenes, que deben ser usados con responsabilidad por parte del alumnado, pero debe ser también aceptados por el profesorado con normalidad, sin que ello suponga una crítica negativa a la labor docente desarrollada. Esta labor incluye la valoración del rendimiento de los alumnos, que a la vez tienen unos derechos reconocidos en nuestro ordenamiento.
4. La evaluación continua no se puede diseñar de forma que si el alumno falla una prueba se queda fuera. Debe ser un continuo avance en el conocimiento hasta llegar a un nivel satisfactorio. Todas las pruebas que puedan ser recuperables en una segunda oportunidad deberían hacerlo. Se debe dar la oportunidad de aprobar sin hacer dicha evaluación a las personas que están en el mercado laboral.
5. En los grados se debe tener la precaución de pedir al alumnado un nivel de trabajo proporcional al tamaño en créditos de las asignaturas. En algunos casos se ha detectado una exigencia exagerada que no permite al alumno seguir la asignatura, al menos que abandone otras. Esto perjudica a la correcta marcha del curso, con interferencias entre profesores del mismo curso. También al propio profesorado que al pedir mucho trabajo no es capaz de evaluarlo, con las consiguientes quejas. Todo aquello que se pide al alumnado debe formar parte de su evaluación.
1.1. XIII Encuentro Estatal de Defensores Universitarios organizado por la Universidad de Barcelona los días 28 y 29 de octubre 2010.
Se organizaron tres sesiones de trabajos en las que se discutieron los siguientes temas.
SESIÓN DE TRABAJO 1:
Primera parte
"La defensoría: órgano y oficina"
Rosa María Galán Sánchez, Defensora de la Universidad Complutense de Madrid.
Se exponen los principios básicos de actuación que son aceptados comúnmente por los defensores universitarios españoles que representan los valores máximos de éstos, pudiendo constituir un modelo para la práctica individual y para el establecimiento de políticas y procesos en sus actuaciones: Imparcialidad, independencia y autonomía, confidencialidad, ausencia de poder ejecutivo.
Segunda parte
"La defensoría como oficina"
Lluís Caballol i Angelats, adjunt al Síndic de Greugese de la Universitat de Barcelona
El defensor/a universitario es una figura unipersonal cuya designación se basa en la confianza y el respeto que inspira a la comunidad universitaria esa persona. Pero la defensoría universitaria no se circunscribe únicamente a la figura de su titular, requieren unos medios materiales y humanos, unos instrumentos o criterios de gestión para llevara cabo su tarea, que de facto, definen su capacidad de dar respuesta a la comunidad universitaria y su posición en el conjunto de la universidad de acuerdo con lo establecido por la ley y la misión que le encomienda. Los principales instrumentos serían:
1. La sede
1.1. El local, la sede o la oficina propiamente dicha
1.2. La página web de la defensoría: la sede virtual
1.2.1. El contenido
1.2.2. La ubicación del enlace
1.2.3. El formulario de queja
2. El equipo
3. La atención a las personas
4. Los expedientes
4.1. Expediente digital
4.2. La gestión de los expedientes
5. La base de datos
6. El archivo
7. El informe
SESIÓN DE TRABAJO 2
"Los riesgos psicosociales en la universidad: el acoso"
Carlos Alcover de la Hera, Defensor Universitario de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid.
El acoso laboral inflige una lesión a la dignidad de la persona y, por tanto, supone la violación de un derecho fundamental. Las defensorías universitarias son plenamente competentes para intervenir en la materia y promover las acciones pertinentes a fin de erradicar esta conducta.
Según los datos disponibles, en las universidades se manifiesta el acoso laboral con un nivel de recurrencia superior al resto de los sectores laborales, e incluso superior al del resto del empleo público.
La grave situación de vejación a que se somete la persona acosada merece la máxima atención por parte de las autoridades académicas; pero también es preciso sensibilizarse ante eventuales acusaciones falsas de acoso, susceptibles de afectar igualmente a derechos constitucionales. El mejor camino para erradicar esta conducta es la prevención, y la existencia de un protocolo mediante el que gestionar los expedientes de acoso.
La intervención de la defensoría universitaria en los expedientes relativos al acoso laboral se centrará en los siguientes aspectos:
a. Suministrar a las partes toda la información necesaria para evitar la lesión de sus derechos.
b. Ofrecer cauces extraprocesales de resolución en el conflicto y promover acciones de mediación cuando las partes convengan en ello.
c. Velar por la erradicación de las conductas de acoso, especialmente en los asuntos sometidos a su consideración, adoptando las determinaciones oportunas para evitar la impunidad
Foto colectiva. XIII Encuentro estatal Universidad de Barcelona 2010
SESIÓN DE TRABAJO 3
"Régimen disciplinario de los estudiantes universitarios: una necesidad"
Reflexiones sobre el régimen
Jorge Mataix Beneyto, Defensor Universitario de la Universidad Miguel Hernández de Elche
El régimen disciplinario de los estudiantes en las universidades es una de las materias menos reguladas, entre otras cosas por la indiferencia con que la ven las autoridades académicas, puesto que es una medida impopular y, por tanto, los responsables académicos de las universidades, comunidades autónomas y ministerio poco interés han venido demostrando.
El régimen jurídico que se ha aplicado ante las situaciones disciplinarias, ha sido establecido en el Reglamento de Disciplina Académica (RDA) de 8 de septiembre de 1954, del cual se ha cuestionado su legalidad. Pero en cualquier caso el Tribunal Supremo en sentencias de 1988 y 1989 ha admitido ese reglamento aunque con muchos matices. Hay muchos preceptos incluidos en el mismo que hay que entender derogados total o parcialmente o que deben ser objeto de una reinterpretación, otros que deben ser completados con lo dispuesto en normas posteriores, etc. La aplicación de esta norma la llevan a cabo una pluralidad de entidades públicas que actúan en esta materia con desconexión y según sus propios criterios. Tampoco ayuda la doctrina ni existe apenas posibilidad de apoyo en criterios jurisprudenciales. Todo ello conduce a una situación en la que abundan las dificultades que las autoridades académicas deben afrontar a la hora de aplicar el régimen disciplinario contenido en el RDA.
Derogada la LRU, la nueva LOU y su modificación por LOU/2007, tampoco se pronuncia sobre el régimen disciplinario de los estudiantes, trasladándose a los estatutos y normas de organización el establecimiento de los mecanismos de garantía para el cumplimiento de los deberes.
Se esperaba que al menos una normativa básica al respecto debiera ser contemplada en el Estatuto del Estudiante, dejando el resto de la materia a las universidades.
De momento, lo único que parece que podamos tener es lo que establece la disposición adicional segunda del Estatuto del Estudiante que textualmente indica “El Gobierno presentará un Proyecto de Ley reguladora de la potestad disciplinaria, en donde se contendrá la tipificación de las infracciones, sanciones y medidas complementarias del régimen sancionador para los estudiantes universitarios; de acuerdo con el principio de proporcionalidad. De igual modo, en dicho Proyecto de Ley se procederá a la adaptación de los principios del procedimiento administrativo sancionador a las especificidades del ámbito universitario, de manera que garantice los derechos de defensa del estudiante y la eficacia de desarrollo del procedimiento”.
A la pregunta realizada a los defensores universitarios sobre la existencia de reglamentos disciplinarios en sus respectivas universidades, la respuesta ha sido unánime, en las universidades públicas sigue vigente, con las restricciones comentadas, el decreto del 54.
1.2. Encuentro de Defensores de la Xarxa Vives el 8 de julio de 2010 en la Universitat d’Andorra
El encuentro contó con dos sesiones de trabajo, precedidas por la apertura a cargo del rector de la Universidad de Andorra, Daniel Bastida. En la primera el síndic de la Unviersidad de’Andorra, Josep M. Goicoechea presentó un estudio para definir indicadores que los participantes habrán de utilizar. Durante la segunda sesión, se abordaron dos temas, en primer lugar las consultas derivadas del segundo año de aplicación de los grados. Este debate estuvo moderado por el síndic de greuges de la Universidad de Girona, Joan Miró. A continuación la síndica de greuges de la Universidad Pompeu Fabra, Paz Battaner moderó el debate sobre la clasificación temática de los problemas presentados a los síndicos y sus intervenciones. Además de los síndicos y defensores también participó el personal de apoyo de las oficinas de las defensorías.
La clausura estuvo a cargo de Roser Suñé Pascuet, Ministra de Educación, Juventud y Deportes del Gobierno de Andorra, Antoni Giró Roca, presidente de la Xarxa Vives y rector de la Universidad Politécnica de Cataluña, Daniel Bastida Obiols, rector de la Universidad de Andorra, Enric Naudí Costafreda, Conseller de Turismo i Comercio de Sant Julià de Lòria y Josep M. Goicoechea Utrillo, mediador de la Universidad de Andorra.
Sesión de trabajo. Encuentro Defensores Xarxa Vives. Andorra 2011.
a. La Universidad de Las Palmas de Gran Canaria consulta que a los titulados en Ingenierías Técnicas y diplomados no se les permite hacer el Máster en Formación del Profesorado por haberse establecido como requisito en su universidad el ser licenciado o arquitecto.
b. La CEU de Valencia se interesa sobre la comisión consultiva, quiénes forman parte de ella y cuáles son sus funciones.
c. La Universidad Politécnica de Cataluña consulta sobre las facilidades en cafeterías y restaurantes del campus para acceder a menús aptos para celíacos.
d. La Universidad de Murcia consulta sobre si se han cubierto todas las plazas ofertadas en el Máster de Profesorado.
e. La Universidad de León consulta sobre cómo proceder cuando un profesor no se presenta en un examen.
f. La Universidad de les Illes Balears se interesa por la existencia de protocolos de riesgos psicosociales que incluya a los alumnos.
g. La Universidad de Valladolid quiere saber cómo recogen la figura del Defensor los respectivos estatutos.
h. En la Universidad Autónoma de Madrid quieren elaborar un protocolo para las becas internas.
i. La Universidad de Murcia sobre la recuperación de la evaluación continua en los grados.
Se contabilizan los gastos habidos durante el periodo comprendido entre agosto y diciembre de 2010 (del presupuesto del año 2010 = 5.368 €), ambos meses incluidos, y los realizados entre enero y julio de 2011 (del presupuesto de 2011 = 5.368 €), también ambos meses incluidos.
TABLA I. INFORME ECONÓMICO | ||
|
2010 |
2011 |
Dietas / att. protocolarias |
953,36 |
730,62 |
Equipos |
0 |
524,46 |
Fungible |
260,64 |
705,37 |
Cuota socio CEDU |
0,00 |
500,00 |
Teléfono |
135,21 |
368,34 |
TOTAL |
1.349,21 |
2.828,79 |
Universidad de Alicante
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